Una vez constituida el 17 de marzo de 2.011 la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado S.A. ( SELAE, S.A.) - heredera en parte de la actividad de la extinta Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado (L.A.E.) - la fiscalidad aplicable a sus resultados es la propia de una S.A. Anteriormente, la extinta L.A.E. estaba exenta del pago de impuesto de sociedades (30%) y de la aplicación del impuesto sobre las rentas de capital (19%-21%) a los dividendos o excedentes presupuestarios retornados al Ministerio de Economía y Hacienda.
La incidencia fiscal comentada, más la normativa contable a aplicar en cuanto a dotación de reservas legales y reservas por el fondo de comercio hacen que los resultados históricos conocidos de L.A.E. no sean extrapolables a la nueva sociedad (SELAE, S.A.) que se pretende privatizar parcialmente.
En 2.009 L.A.E. obtuvo unos resultados netos de 2.994 millones de euros. Como sólo tenía un socio único, y a su vez éste encarnaba la figura de recaudador de impuestos, los ingresos finales para el mismo no se alterarían con pago de impuestos o exentos de los mismos.
Supongamos que SELAE S.A. espera en 2.011 obtener unos beneficios antes de impuestos de 2.592 millones de euros y que tiene un fondo de comercio de 11.650 millones de euros en su activo:
El resultado neto después del pago de I.S. sería de 1.814,8 millones de euros, a los que habría que detraer las reservas legales, las de fondo de comercio, las voluntarias, etc... hasta obtener el resultado distribuible al que aplicar el % pay-out que la empresa tenga comprometido con sus socios. Al tener un único socio y a su vez ser el recaudador de impuestos, los ingresos de éste se verían mermados sólo en la parte destinada en la empresa a reservas. Estas reservas quedarían indisponibles hasta constituir la totalidad, pasando a fortalecer el patrimonio empresarial, y ante la poca necesidad que SELAE tiene de inversiones corrientes para desarrollar su negocio las destinaría posiblemente a “otras inversiones financieras”.
El resultado distribuible resultante sería de 1.050 millones de euros.
Nuestra Administración Pública obtendría, por tanto, unos ingresos de 1.828,6 millones de euros.
¿Qué ocurriría si se privatiza parcialmente SELAE S.A.?
Que los ingresos aumentarían por la recaudación del impuesto sobre las rentas de capital aplicado a los dividendos de los socios externos (30%), ya que se trabaja con la hipótesis de exención del Estado al mismo. La pérdida de recaudación anual para las arcas del Estado ante la privatización del 30% de SELAE no sería lineal, sino que sólo afectaría a su recaudación en un 14% (255.361.911 euros).[1] A cambio de esta pérdida anual de ingresos el Estado recibiría un ingreso extraordinario puntual con la privatización, el precio obtenido con su salida al mercado de valores.
Hagan un ejercicio fácil. ¿cuál es la capitalización de esta pérdida de ingresos a una tasa del 8%? Respuesta, 3.192.023.882€... precio mínimo de salida del 30%.¿?
[1] En el ejemplo hemos obviado la recaudación de los impuestos contemplados en la nueva Ley de Regulación del Juego (tasas e impuestos sobre juegos activos), ya que la influencia sería neutra en los resultados expuestos al mantener su cuantía, tanto para una participación del Estado en SELAE S.A. del 70% como del 100%.
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